El proyecto pretende adaptar la legislación española al derecho europeo, arbitrar la posibilidad del ejercicio conjunto de la abogacía y de la procura en las sociedades profesionales, habilitar un sistema de acceso único a dichas profesiones y clarificar el régimen arancelario de los procuradores.
En el caso de la reserva de actividad para el ejercicio de la procura, las sociedades de abogados podrán incorporar procuradores como socios, al igual que las sociedades de procuradores podrán incorporar abogados, aunque no de forma simultánea al ejercicio de la profesión de abogado, preservando cada uno sus competencias, responsabilidades y obligaciones propias.
CAMBIO DEL SISTEMA DE ARANCELES
Busca fijar un máximo de 75.000 euros como cuantía global de los derechos devengados por un procurador en un mismo asunto, estableciendo, a su vez, que el sistema arancelario de los procuradores no podrá fijar un límite mínimo, ello supondrá la reformar del Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales.