El 14 de marzo de 2020 el Gobierno ordenó el cierre de todos los establecimientos de España, causando una crisis económica y social sin precedentes en el sector de hostelería y otros, como operadores turísticos, distribuidores, pequeño comercio...
Los hosteleros han presentado reclamaciones por los daños y perjuicios sufridos. El fundamento jurídico de las reclamaciones no se basa en que las medidas sean antijurídicas, ya que fueron realmente necesarias y acordes a la crisis sanitaria pero ello no debe limitar el derecho a la reclamación (art. 3.2 Ley Orgánica 4/1981 de estado de alarma) para los que hayan sufrido daños y perjuicios. Ello parece desprenderse de la sentencia de nuestro T. Constitucional.
https://www.expansion.com/juridico/opinion/2021/07/20/60f6f8b8e5fdea331a8b458c.html
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